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¿Qué permanece en el esquema y que se eliminó del capítulo fiscal?

En una excursión marcada por intensos debates, la Cámara de Diputados de la Nación ha anunciado modificaciones sustanciales al parecer de mayoría de la Ley Ómnibus, según comunicados oficiales de la Secretaría de la Cámara.

La tercera excursión de debate del esquema de ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos comenzó este viernes a las 10.31 , con la intención de concluir los diputados con sus exposiciones y suceder a sufragar en genérico, para luego avanzar con un proceso muy engorroso como será el de la votación en particular, según lo informado por el sitio parlamentario.com.

Uno de los cambios más significativos fue la matanza de los artículos 82 a 167, que abordaban diversas cuestiones impositivas, tales como Moratoria, Blanqueo, Régimen de Pago Anticipado del Impuesto sobre los Bienes Personales, y modificaciones al Impuesto sobre los Bienes Personales. Asimismo, se dejaron de banda los cambios en impuestos internos aplicables a los cigarrillos.

Además, los artículos 169 a 175, que proponían aumentar las retenciones a productos del labrantío y la industria, fueron retirados del texto del parecer de mayoría, según lo informado por iprofesional.com.

Por otro banda, los artículos 176 a 177 se mantienen en el esquema, introduciendo un nuevo régimen de transparencia fiscal para el consumidor. Esta disposición obligará a que el IVA y cualquier otro impuesto figuren en la elaboración o ticket final de los productos.

En cuanto a los cambios admitidos por el oficialismo, el artículo 168 se mantiene actual, implicando la derogación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) de personas físicas y sucesiones indivisas.

Respecto a este tema, según trascendió en los medios, se corrió el rumor que el Gobierno modificaría la ley de Ganancias para que todas las personas humanas y sucesiones indivisas paguen impuesto por la cesión de inmuebles aún en aquellos casos de inmuebles construidos o adquiridos antiguamente del año 2018. Esperamos que esto no sea efectivo.

Por su parte, el artículo 178, que permanece sin cambios, modifica parte del artículo 36 de la Ley de Emergencia Económica, eliminando ciertas operaciones exentas del impuesto PAIS, que a partir del nuevo texto del esquema de ley pasarían a retribuir el tributo en cuestión.

El artículo 179, que destinaba el 100% del producido del impuesto PAIS a ANSES y PAMI, fue suprimido, estableciendo ahora que el 30% se destinará a las provincias, específicamente para financiar obras de vivienda social, infraestructura económica y fomento del turismo doméstico, a través del fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana.

Asimismo, se eliminó el artículo 180, que garantizaba la vigencia del impuesto PAIS hasta el 22 de diciembre de 2024, abriendo la ventana a que continúe en el tiempo luego de esa data.

Finalmente, igualmente fue retirado del parecer el artículo 182 que tenía como objetivo desgravar retenciones impositivas en los cobros electrónicos para pequeños contribuyentes.

Respecto a los temas apartados del tratamiento de la Ley de Bases, recordamos que esta semana el vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció que el Gobierno debatirá el «capítulo fiscal», que retiró de la Ley Ómnibus, tras la aprobación del esquema en el Congreso.

 

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