Comercios & Pymes

AFIP suspende hasta julio juicios de ejecución fiscal y embargos

El Ministerio de Economía de la Nación ha anunciado la Resolución 17/2024 como parte de sus esfuerzos para impulsar el crecimiento económico y respaldar a las pequeñas y medianas empresas (PyMEs), así como al sector de la salud. Esta medida, que fue publicada recientemente, encomienda a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspender el inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares hasta el 31 de julio de 2024.

El objetivo principal de esta norma es fomentar el desarrollo de las PyMEs, consideradas fundamentales para la economía nacional debido a su contribución al empleo y al aumento de la capacidad exportadora. Cabe destacar que la medida no solo se dirige a las empresas con certificado MiPyME, sino también a personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro.

La Resolución establece que la suspensión de juicios de ejecución fiscal se extiende igualmente a los contribuyentes del sector de la salud, reconociendo su papel preponderante, especialmente en el contexto de la emergencia sanitaria declarada hasta el 31 de diciembre de 2025.

Entre los beneficiarios de esta medida se encuentran las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) de los tramos 1 y 2 con «Certificado MiPyME» actualizado a la fecha de la resolución. También se incluyen personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, así como entidades sin fines de lucro registradas frente a la AFIP y contribuyentes del sector de la salud cuya actividad económica principal esté relacionada con las establecidas en el Anexo de la Resolución General 5482/2024.

La Resolución General 5482/2024, complementaria de la medida, establece la aplicación práctica de la suspensión de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los contribuyentes mencionados en la Resolución 17/2024. Se destaca la inclusión de los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud, quienes serán caracterizados en el «Sistema Registral» con el código «533 – Protección transitoria y Alivio Fiscal para el Sector Salud».

Esta medida entra en vigencia de manera inmediata, anticipándose que contribuirá significativamente al alivio fiscal de las empresas y contribuyentes beneficiados, fortaleciendo así el entramado empresarial y económico del país.

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