Maternidad clandestina de Campo de Mayo: condena y absolución
Por el secuestro y la tortura que sufrieron once mujeres embarazadas durante la última dictadura cívico militar en Campo de Mayo, Santiago Omar Riveros fue condenado a 45 años de prisión. En el mismo juicio, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 3 de Comodoro Py, absolvieron al médico Raúl Martín, quién era el responsable del centro de salud clandestino.
Los encargados de dictar la sentencia fueron los jueces Javier Ríos, Andrés Basso y Adriana Pallioti. «Tenemos sensaciones encontradas con la sentencia», expresó el abogado de Abuelas de Plaza de Mayo y responsable de la única querella que tuvo el juicio, Pablo Lachener. «Es valorable la condena a Riveros, una que se suma a las que ya tiene, pero por otro lado es una pésima noticia la absolución de Martín», agregó.
La condena a Riveros fue dictada luego de haber sido hallado culpable en calidad de autor de la apropiación y robo de los bebés de Beatríz Recchia de García, María Teresa Trotta, Rosa Luján Taranto de Altamiranda, Celina Amalia Galeano, Paula Elena Ogando, María Cristina Cournour de Grandi, Ana María Lancilotto de Mena, María Eva Duarte de Aranda y Valeria Beláustegui Herrera. Además de los secuestros y torturas ejercidos y aplicados a Trotta, Taranto y Ogando en la Campo de Mayo.
Pese a que no se conocen los fundamentos del tribunal para dictar la sentencia con respecto a Riveros, se presume que radica en la condición de jerárquico, en función del cargo que ejercía en Campo de Mayo: era jefe de Institutos Militares y titular de la Zona 4 del Ejército. Las condenas con las que carga Riveros por Campo de Mayo datan de 2009, cuando recibió prisión perpetua en cárcel común por las torturas ejercidas sobre el adolescente Floreal Avellaneda y por su muerte; en el 2012, en el marco del debate histórico Plan Sistemático por el robo de bebés y en 2017, también condenado a prisión perpetua, debido a crímenes cometidos contra conscriptos.
La absolución del médico Raúl Martín no cayó bien en las partes acusadoras quienes habían pedido 30 años de cárcel para él tras la acusación de partícipe necesario del robo y la detención de los hijos de Recchia, Trotta, Molfino, Taranto, Galeano y Ogando, además de las privaciones ilegítimas de la libertad agravada por la aplicación de tormentos aplicados a las mamás. El fallo fue dividido, solo el presidente del Tribunal, Ríos, votó en contra. Los jueces consideraron que los crímenes no habían sido lo suficientemente probados y resultó absuelto.
“Era médico interno, lo cual indica que en momentos en los que el director del hospital no estaba presente, él estaba a cargo”, explicó Lachener sobre Martín. El médico había sido jefe del servicio de Clínica del Hospital Militar en donde parieron una quincena de mujeres que habían sido secuestradas, en su mayoría jóvenes – Eduardo Pellerano, uno de los médicos que trabajó allí y que luego declaró en los juicios, contó este año a El Sanmiguelino como cambió el trabajo en la maternidad con la llegada de la dictadura y por qué decidió irse-.
El debate sobre la responsabilidad de Riveros y Martín por el secuestro y la tortura que recibieron, como mínimo, 11 mujeres en el Hospital Militar de Campo de Mayo terminó ayer luego de un año. Los testimonios de Paula Ogando y Celina Galeano, dos mujeres que parieron en la maternidad clandestina, resultaron fundamentales para el segundo tramo del proceso que estudió responsabilidades por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar.
Martín fue enjuiciado y absuelto, también, en el primer tramo del proceso junto al médico militar Norberto Bianco y a la partera Luisa Arroche de Sala García. “Este y el anterior son juicios que llegan tarde y con una dispersión de causas muy amplia lo cual hizo añicos la posibilidad de tener la plana mayor de médicos del Hospital Militar de Campo de Mayo sentados en el banquillo. Ganó la impunidad biológica”, lamentó Lachener.