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Cromañón: confirmaron la sentencia a auspicio de una tierno sobreviviente de la tragedia

El Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debern resarcir a la vctima Foto Archivo
El Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberán reparar a la víctima / Foto: Archivo.

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó este martes la sentencia que ordenó el suscripción de una multimillonaria indemnización a una tierno por los daños que padeció por asistir al recital del categoría Callejeros cuando, hace casi 19 años, se produjo el incendio de la discoteca República de Cromañón.

El Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires condenados, en forma solidaría contiguo a un categoría de particulares, habían apelado el defecto a auspicio de C.S.C., argumentando que no se probó que la indeterminación del 30 de diciembre de 2004 la tierno estuviera en el específico rítmico de la calle Mitre al 3.000, de esta caudal, cuyo incendio provocó 194 muertes y centenares de heridos.

La Sala III de la Cámara evaluó prueba documental y testimonial según la cual C.S.C. tuvo que ser asistida por médicos, realizó tratamientos, fue incluida en un «listado de heridos» y fue admitida como querellante en la causa penal que terminó con condenas para, entre otros, el fallecido patrón Omar Chabán, los integrantes de Callejeros y ex funcionarios locales.

Además, el tribunal ponderó los padecimientos espirituales y psicológicos que tuvo la tierno, quien relató poseer concurrido al recital contiguo con una amiga, que falleció por la tragedia que se registró esa indeterminación.

Para explicar los montos otorgados en concepto de daño honesto (limitado en segunda instancia), psicológico y tratamiento médico, se sostuvo que para valorar el perjuicio «no se puede prescindir de las características que rodearon el hecho que se intenta probar, es decir, la presencia de una persona en una tragedia provocada por un incendio de un local bailable, donde murieron cientos de personas, en el marco una situación que fue caótica y traumática en ese momento como en las horas y días posteriores».

El tribunal ponder los padecimientos espirituales y psicolgicos que tuvo la joven Foto Archivo
El tribunal ponderó los padecimientos espirituales y psicológicos que tuvo la tierno / Foto: Archivo.

Por daño honesto y psicológico se fijaron las sumas de 400.000 y 337.000 pesos, con intereses a calcular desde que se produjo el hecho, mientras que para cubrir el tratamiento médico se ratificó el monto de 778.000 pesos reconocidos en primera instancia, que asimismo deben ser actualizados.

Finalmente, los camaristas Sergio Fernández y Carlos Grecco recordaron que si admisiblemente los demandados son solidarios, los porcentajes de responsabilidad asignados fueron: al Estado Nacional y al GCBA, 35% a cada uno; y el resto para el categoría de particulares, entre ellos los músicos demandados.


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