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#EsLey: Puntos claves de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

El "sí" a la legalización del aborto (mediante el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo) hasta la semana 14 de gestación se impuso por 38 votos afirmativos y 29 negativos y una abstención.

El proyecto de Interrupción Legal del embarazo (ILE) sancionado esta madrugada por el Senado de la Nación despenaliza y legaliza el aborto en las primeras 14 semanas de gestación, además de habilitar la objeción de conciencia de los profesionales que no estuviesen de acuerdo con esa práctica.

El «sí» a la legalización del aborto (mediante el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo) hasta la semana 14 de gestación se impuso por 38 votos afirmativos y 29 negativos y una abstención, tras un acuerdo alcanzado con algunos senadores indefinidos para retoques en el texto al momento de la promulgación, en una sesión que comenzó el martes y se extendió durante 12 horas.

Así, la Cámara tradicionalmente más conservadora del Congreso, que frenó hace dos años la misma iniciativa por 38 votos contra 31, logró esta vez darle luz verde a una ley que prioriza el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo por sobre las objeciones basadas en los preceptos constitucionales de defensa de la vida desde la concepción.

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Los principales puntos de la flamante ley son los siguientes:

– Se consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

– La iniciativa cumple los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos

– El aborto se permitirá hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional.

– Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación, o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

– En el caso de menores de 13 años se requiere un consentimiento informado y la asistencia de, al menos, uno de sus progenitores o representante legal.

– Para adolescentes de entre 13 y 16 años, deberá tener un acompañante o «referente afectivo».

– Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.

– Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.

– El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia.

-En el caso de que una institución privada no cuente con profesionales para realizar la interrupción del embarazo deberá disponer la derivación a otra institución.

– El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente.

– Se deberá mantener la privacidad y el derecho a la intimidad de las personas que recurran a las instituciones para pedir un aborto.

– En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescente, se deberá denunciar este delito.

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