Nación

Medidas que incluye el aislamiento social, preventivo y obligatorio

El aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto hoy por el presidente Alberto Fernández con el respaldo de los gobernadores de todo el país, incluye las siguientes medidas, que serán publicadas en un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU):

-A partir de las 0 horas de mañana, Viernes, hasta las 24 horas del 31 de marzo todos tienen que permanecer en sus casas.

-Se declara feriado puente el 30 de marzo y se adelanta el feriado del 2 abril al 31 de marzo, para hacer más corta esa semana, al igual que lo será la próxima con los feriados del lunes y martes, 23 y 24 de marzo respectivamente.

-Los almacenes, supermercados, negocios de cercanía y farmacias estarán abiertas.

-La Prefectura, la Gendarmería, la Policía Federal y las Policías provinciales controlarán el cumplimiento del aislamiento.

-Quienes circulen por la calle deberán justificar el motivo.

-Habrá sanciones para quienes incumplan el aislamiento, que serán las que dispone el Código Penal.

-Serán inflexibles con las sanciones a quienes incumplan el aislamiento.

– Habrá excepciones al régimen de aislamiento para quienes trabajan en el gobierno nacional, provincial y municipal, en los niveles de conducción política, los que trabajan en la sanidad, seguridad y fuerzas armadas, los que trabajan en la producción de alimentos, de fármacos, de industrias como el petróleo, refinerías de naftas y gasoil y periodistas.

-Un gabinete federal trabajará en medidas para paliar la menor actividad económica, a través de un gabinete federal.

-Se van a dictar normas para aliviar la situación de los monotributistas y del sector informal de la economía. 

Aislamiento social preventivo obligatorio

🗓 20 al 31 de marzo

📌 Las personas deberán permanecer en su residencia habitual o en la residencia en que se encuentren hoy a la media noche.

🚫 Prohíbe libre circulación (controles en rutas y espacios púbicos).

📌 El aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables (supermercado, farmacia, ferreteria, veterinaria, comercio de proximidad).

📌 Exceptuadas del aislamiento: Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, autoridades superiores del estado, justicia (mínimo), diplomático.

📌 Personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos.

📌 Servicios de comunicación audiovisual (periodistas).

📌 Industrias, alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavandería, petróleo, obra pública.

📌 Transporte público urbano (larga distancia y cabotaje, no).

📌 Recolección de residuos, servicios públicos básicos. 

📌 Transporte de carga. 

📌 Estaciones de servicios. 

📌 Servicios postales. 

📌 Cajero automático. Más info +

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