Medidas que incluye el aislamiento social, preventivo y obligatorio
El aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto hoy por el presidente Alberto Fernández con el respaldo de los gobernadores de todo el país, incluye las siguientes medidas, que serán publicadas en un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU):
-A partir de las 0 horas de mañana, Viernes, hasta las 24 horas del 31 de marzo todos tienen que permanecer en sus casas.
-Se declara feriado puente el 30 de marzo y se adelanta el feriado del 2 abril al 31 de marzo, para hacer más corta esa semana, al igual que lo será la próxima con los feriados del lunes y martes, 23 y 24 de marzo respectivamente.
-Los almacenes, supermercados, negocios de cercanía y farmacias estarán abiertas.
-La Prefectura, la Gendarmería, la Policía Federal y las Policías provinciales controlarán el cumplimiento del aislamiento.
-Quienes circulen por la calle deberán justificar el motivo.
-Habrá sanciones para quienes incumplan el aislamiento, que serán las que dispone el Código Penal.
-Serán inflexibles con las sanciones a quienes incumplan el aislamiento.
– Habrá excepciones al régimen de aislamiento para quienes trabajan en el gobierno nacional, provincial y municipal, en los niveles de conducción política, los que trabajan en la sanidad, seguridad y fuerzas armadas, los que trabajan en la producción de alimentos, de fármacos, de industrias como el petróleo, refinerías de naftas y gasoil y periodistas.
-Un gabinete federal trabajará en medidas para paliar la menor actividad económica, a través de un gabinete federal.
-Se van a dictar normas para aliviar la situación de los monotributistas y del sector informal de la economía.
Aislamiento social preventivo obligatorio
🗓 20 al 31 de marzo
📌 Las personas deberán permanecer en su residencia habitual o en la residencia en que se encuentren hoy a la media noche.
🚫 Prohíbe libre circulación (controles en rutas y espacios púbicos).
📌 El aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables (supermercado, farmacia, ferreteria, veterinaria, comercio de proximidad).
📌 Exceptuadas del aislamiento: Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, autoridades superiores del estado, justicia (mínimo), diplomático.
📌 Personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos.
📌 Servicios de comunicación audiovisual (periodistas).
📌 Industrias, alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavandería, petróleo, obra pública.
📌 Transporte público urbano (larga distancia y cabotaje, no).
📌 Recolección de residuos, servicios públicos básicos.
📌 Transporte de carga.
📌 Estaciones de servicios.
📌 Servicios postales.
📌 Cajero automático. Más info +
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